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Salute Sicura
Es Proteción para Usted, su Familia y su Empresa...


Es la Póliza de Salud Integral para toda la familia colombiana, creado por Generali Colombia , teniendo en cuenta que las personas y su familia son el potencial más importante de nuestra sociedad, a quienes debemos darles una mayor protección...sin fronteras.
Salute Sicura - Famiglia brinda cubrimiento a nivel individual y familiar, encontrándose disponible en dos programas:

Plan Básico Salute Sicura-Famiglia
Cubre: Habitación Hospitalaria, Unidad de Cuidados Intensivos, Honorarios Quirúrgicos, Servicios Hospitalarios, Exámenes de Diagnóstico, Maternidad, Gastos Médicos Mayores, Enfermedades de Alto Costo, Tratamiento Ambulatorio por Enfermedades Específicas.

Plan Superior Salute Sicura-Famiglia
Cubre adicionalmente: Consulta Médica no Hospitalaria y Urgencias Odontológicas.

Amparos Opcionales: para cualquiera de los dos planes anteriores usted puede adquirir Anexo de Gastos Exequiales.

Una póliza verdaderamente integral que cubre a toda la familia:

Al afiliado
Al cónyuge o compañero (a) permanente del afiliado.
A los hijos solteros dependientes económicamente del afiliado.
A los padres del afiliado.
A los hermanos solteros dependientes económicamente del afiliado (Sólo cuando el afiliado es soltero).

Qué cubre la póliza?

Enfermedades o accidentes que para su tratamiento requieran hospitalización y/o cirugía.

Cirugía ambulatoria o simplificada de traumatología y ortopedia para luxaciones o fracturas, aún cuando no requieran hospitalización.

Fisioterapia, como consecuencia de un tratamiento hospitalario o cirugía.
Tratamiento odontológico por accidente.

Tratamiento ambulatorio por cáncer y leucemia.

Enfermedades congénitas para los hijos nacidos durante la vigencia de la póliza, cuya madre haya estado asegurada bajo el amparo de maternidad y el parto sea reclamado por la póliza.

El amparo de maternidad aplica para todas las mujeres del grupo familiar asegurado, después de 30 días de ingreso al seguro. Cuando se trate de una sola mujer asegurada, aplicará cuando el embarazo se inicie después del primer día de iniciada la segunda vigencia anual del seguro.

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